Ayer, día 21 de enero de 2016, subimos a nuestro Facebook
una noticia publicada por el diario 20 Minutos, cuyo titular es el siguiente:
“Técnicos de Hacienda apelan al asesoramiento para evitar casos como el de la
jubilada multada por clases de manualidades” (http://goo.gl/yrR6Tw). Dicha noticia merece algunos comentarios,
aunque sea de manera telegráfica y siempre con la debida cautela, pues no se
conocen todavía los pormenores de lo realmente ocurrido.
Todo hace sospechar que, lo realmente ocurrido, se debe a un
problema de incompatibilidad entre la pensión del Régimen de Clases Pasivas y
el trabajo activo. Y esta la primera cuestión que hay que poner de relieve; el
RDL 670/1987 que regula las pensiones de Clases Pasivas establece como principio
la incompatibilidad entre estas y el trabajo activo. Pero este principio tiene
no pocas excepciones, así como una suerte de régimen transitorio que provoca
desconcierto.
La complejidad de la norma provoca una cierta indefensión en
sus destinatarios, esto nos lleva a la segunda reflexión; el asesoramiento es
fundamental. Es muy importante contar con un buen asesoramiento fiscal, pero
los pensionistas del Régimen de Clases Pasivas también deben contar con un buen
asesoramiento en esta materia. La Legislación que regula esta materia está
llena de parches y, aunque en algunas materias están calcadas de la de
Seguridad Social, en otras es totalmente diferente, lo cual lleva a muchas
confusiones. Las cuales se pueden llegar a pagar muy caras, como es el caso.
Los pensionistas que deciden contratar a un Habilitado de
Clases Pasivas están perfectamente asesorados por un especialista en la
materia. Pero ello no impide que reclamemos de la Administración un esfuerzo
didáctico y una mayor precisión a la hora de legislar.
www.habilitadosclasespasivas.com
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